Convocatoria del Instituto de Enseñanza Superior Nº 1 «Alicia Moreau de Justo»
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La Rectoría del Instituto de Enseñanza Superior Nº 1 llama a selección de antecedentes para cubrir interinatos y suplencias.
Inscripción: del 11 al 15 de agosto de 2008, en Secretaría (Av. Córdoba 2016, Ciudad de Buenos Aires) de 18,30 a 21 horas.
Profesorados en Matemática y en Física
– Trayecto de Formación Centrado en la Disciplina
Turno mañana 1. (códigos 215/315) Física 1 (anual) (6 horas cátedra interinas)
Martes de 8:00 a 10:00 y jueves de 8:00 a 10:00 hs.
Profesorado en Historia
– Trayecto de Formación Centrado en la Disciplina
Turno mañana 2. (código 626) Historia de España (anual) (4 horas cátedra suplentes)
Martes de 10:00 a 12:40 hs.
Profesorado en Letras
– Trayecto de Formación Centrado en la Disciplina
Turno vespertino 3. (código 124) Teoría literaria (cuatrimestral) / (código 136) Seminario disciplinar II B (6 horas cátedra interinas)
Lunes de 20,20 a 22,20 y Jueves de 18,20 a 20,20 hs.
Profesorado en Filosofía y en Psicología
– Trayecto de Formación General Centrado en la Disciplina
Turno vespertino 4. (códigos 420/518) Epistemología y Psicología Genética I (cuatrimestral) / (Código 520) Epistemología y Psicología Genética II (cuatrimestral) (4 horas cátedra interinas)
Martes de 18,20 a 21,00 hs.
Trayecto de Formación General
– Común a todos los profesorados
Turno mañana 5. (código 102) Filosofía (anual) (4 horas cátedra interinas)
Jueves de 10 a 12,40 hs.
6. (códigos 202/302) Filosofía (anual) (4 horas cátedra interinas)
Martes de 10 a 12,40 hs
Carrera de Psicopedagogía
Turno vespertino 7. Psicología general (COMISIÓN B-anual) (5 horas cátedra interinas)
Jueves de 19 a 22,20 hs.
Los postulantes deberán estar al tanto de las condiciones para su inscripción, dadas por las normas que se detallan a continuación: Ley 14.473 (Estatuto del Docente Nacional), arts. 13, 14 y 139 con su reglamentación –Decreto Nº 1.691/87–; Ordenanza Nº 40.593 (Estatuto del Docente del G.C.B.A.), arts. 6º y 14º con sus decretos reglamentarios y Ley No 24.016 (Régimen de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente), art. 3°.
Se requerirá la presentación del DNI original, para verificar que los postulantes no se encuentren en la condición de “jubilables”. Quienes se hallen en tal condición no podrán ser inscriptos en ninguna selección de antecedentes.